Los propietarios de vivienda pueden solicitar ayudas de los fondos Next Generation para la rehabilitación energética, siempre que las actuaciones supongan una reducción anual en la demanda energética del 7%, así como una disminución en el consumo de energía no renovable de al menos el 30%.
El Gobierno, a través del Plan Nacional de Energía y Clima, se ha fijado como objetivo rehabilitar más de 1 millón de viviendas hasta 2030 y llegar a los 7 millones de viviendas en 2050, en términos de eficiencia energética. Esas cifras suponen multiplicar por diez el volumen actual de viviendas rehabilitadas.
Son ayudas directas y ayudas fiscales sobre rehabilitación de edificios comunitarios y viviendas unifamiliares, que comprendan mejoras en calefacción, refrigeración, envolvente térmica, instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, aerotermia y otras energías renovables, como instalaciones de autoconsumo fotovoltaico.
Las mejoras de eficiencia energética subvencionable son:
El primer paso es presentar un estudio de certificación energética antes de la rehabilitación. Al terminar las obras de rehabilitación, se debe justificar el ahorro energético logrado con una nueva certificación energética y es en ese momento cuando se efectúa el pago de las ayudas correspondientes.
Desde la Administración se está transfiriendo el dinero de las ayudas a las Comunidades Autónomas que presentaran convocatorias desde el primer trimestre de 2022.
Las ayudas de financiación bancaria, entre el período transitorio entre que se concede la ayuda y se abona. Se conceden préstamos para la rehabilitación y avales del ICO del 50 % del crédito a la rehabilitación.
El Real Decreto 853/2021 del 5 de octubre, regula la deducción fiscal que permite incluir los gastos de rehabilitación energética en la declaración de la renta, identificando la cuantía invertida en rehabilitación que cumpla con los requisitos exigidos.
Un propietario se puede beneficiar de una deducción fiscal del 60 % de la inversión en rehabilitación, con un límite de inversión de 15.000 € por vivienda.
Según el nivel de actuación sobre la vivienda o el edificio, extendiéndose a obras para la mejora del ahorro energético, la accesibilidad, la conservación o la salubridad.
Para elevar la sostenibilidad de los hogares, las ayudas de los Fondos Europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, oscilan entre el 40 y el 80% de la inversión, aunque en algunos casos llegan al 100%. Además, existen deducciones del IRPF que van del 20 al 60% de la cantidad destinada a la rehabilitación.
Si se llega lograr un 60% de ahorro en consumo, el volumen de ayudas puede llegar al 80% de la inversión (límite máximo de 20.000 €).
En el caso de modificaciones que supongan cambios de ventanas, instalación de aerotermia u otras actuaciones de alcance limitado en una vivienda, las ayudas se pueden solicitar igualmente y dan derecho a deducciones fiscales, aunque desde las instituciones, se pretende que se hagan actuaciones de mayor nivel.
Las ayudas base para las actuaciones son:
Cuando se actúa en un edificio completo de pisos o una vivienda unifamiliar, lo que se persigue es un mínimo de ahorro del 30% en consumo de energía no renovable. En este caso se aumenta de la ayuda al 35% del coste elegible.
El alcance implica intervenciones complejas, en la fachada, la cubierta, en instalaciones...
Si se consigue un 45 % de ahorro, se obtendrá un 60% de ayuda. Si solo se llega al 30%, se consigue un 45% de ayuda en la rehabilitación de la vivienda.
Se pueden conseguir en función del uso del edificio y si se cumplen estos criterios:
Los destinatarios de las ayudas a la rehabilitación de viviendas pueden ser:
En el momento en el que convoquen las ayudas por parte de las Comunidades Autónomas, los propietarios o su agente de la rehabilitación, podrán solicitarla a la comunidad autónoma que corresponda, que será el organismo que establezca el procedimiento de solicitud.
Los colegios profesionales de arquitectos, aparejadores, administradores de fincas y agencias inmobiliarias, pueden ofrecer información y canalizar los proyectos de rehabilitación energética.
Las tareas que realiza el agente de la rehabilitación abarcan los trámites, tramitar la solicitud, elaborar los documentos técnicos, presentar propuestas a la comunidad de propietarios y poner en marcha la elegida.
El responsable de la rehabilitación es quién plantea a la comunidad de propietarios la situación y necesidad de la rehabilitación. Para facilitar este proceso, la Administración subvenciona al 100% la creación de un documento que es el Libro del Edificio Existente, para comparar su estado actual con el de la mejora potencial. Así, la comunidad de propietarios tiene información rigurosa para poder tomar la decisión de rehabilitar su edificio.
La gestión burocrática la realiza el agente rehabilitador: Solicitar las ayudas, encargarse de su cobro, de pagar a terceros (un constructor, técnico, financiador), buscar la financiación privada que sea necesaria, etc.
Puede ser una empresa (constructora como una empresa de servicios energéticos) o un gestor, arquitecto o un aparejador, cualquiera que concierte servicios y se los ofrezca a la comunidad de propietarios para ejecutar la rehabilitación.
Si necesitas asesoramiento con el proceso de solicitud de las ayudas a la rehabilitación energética de tu vivienda o edificio en Gijón, ponte en contacto con nosotros.
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